POLÍTICA DE "JUSTICIA COMUNITARIA" ALIENTA LINCHAMIENTOS RACIALES


Human Rights Foundation-Bolivia alerta a la sociedad civil, a los poderes constituidos y a la comunidad internacional sobre la grave proliferación de prácticas de violencia colectiva en nuestro país, amparadas en un distorsionado concepto de “justicia comunitaria”. El reciente linchamiento de un joven estudiante cruceño en la localidad de Ivirgarzama, Cochabamba, sucedido el 16 de enero de 2008, confirma los crecientes riesgos para la protección de los derechos humanos que conllevan estas prácticas, que se han intensificado en los últimos dos años.
El homicidio presenta claros rasgos de discriminación racial, ya que la víctima fue objeto de brutales agresiones a causa de su habla característica de Santa Cruz (oriente de Bolivia), siendo los victimarios cultivadores de coca provenientes del altiplano (occidente del país). Esto, de acuerdo a declaraciones prestadas por familiares de la víctima, Rolando Gira Meruvia (24), quien fue golpeado por cocaleros, envuelto en una bolsa y enterrado vivo, lo que le provocó la muerte por asfixia, tal como fue certificado por el servicio médico del Hospital Central de Ivirgarzama.
El violento incidente tuvo lugar en la zona de El Chapare, siendo los cultivadores de coca locales la principal base de sustentación del Movimiento Al Socialismo, actualmente en el poder. Diversos antecedentes de violencia colectiva producidos en el área configuran un probable caso de impunidad, tal como parecen confirmarlo las declaraciones de efectivos policiales y representantes del Ministerio Público, quienes afirmaron sentirse rebasados por los pobladores de El Chapare.
Entre estos antecedentes se encuentra el linchamiento de Reynaldo Castro (23) y Jesús Mendoza Pérez (18), el 10 de enero de 2008, con métodos similares a los descritos anteriormente; y la agresión sistemática a viajeros con acento o aspecto del oriente boliviano en el mes de enero de 2007, cuando los cocaleros instalaron piquetes en la carretera para detener la circulación de buses, obligando a descender a los pasajeros que presentaban las citadas características, quienes fueron golpeados y ultrajados.
La multiplicación de los linchamientos ha sido simultánea a la promoción del concepto de “justicia comunitaria” por la administración de Evo Morales Ayma, tanto desde el Ministerio de Justicia como en la Asamblea Constituyente, al punto de haberse incluido el reconocimiento irrestricto a dichas prácticas en el proyecto de Constitución Política del Estado redactado por el partido de gobierno. Al mismo tiempo, el discurso de polarización étnica practicado por el Presidente de la República está generando escenarios de creciente violencia y odio racial.
Ante esta alarmante situación, HRF-Bolivia, en su calidad de Observatorio Independiente de Derechos Humanos, resuelve:
1) Exigir a los Ministerios de Gobierno y Justicia que precautelen la protección a los derechos humanos, por encima del respeto a cualquier práctica consuetudinaria, aplicando el artículo 171 inciso III de la Constitución vigente y el artículo 28 del Nuevo Código de Procedimiento Penal.
2) Alertar a la opinión pública sobre los artículos referidos a la “justicia comunitaria” en el proyecto de Constitución gubernamental, que no contemplan ningún tipo de supervisión de estas prácticas por parte de la justicia ordinaria, desconociendo principios elementales como el derecho a la vida, a la integridad física y al debido proceso.
3) Hacer un llamado de atención a la Defensoría del Pueblo, institución que ha sido cuestionada como negligente por familiares de la víctima del reciente linchamiento, para que ejerza sus funciones con celeridad, ecuanimidad y responsabilidad.
4) Solicitar a las Naciones Unidas que la información sobre los linchamientos raciales sea adjuntada al informe realizado por el Relator Especial sobre Derechos Indígenas, Sr. Rodolfo Stavenhagen, a fin de que el Consejo de Derechos Humanos de ese organismo internacional pueda realizar un análisis imparcial de la situación boliviana.

Santa Cruz de la Sierra, 21 de enero de 2008