Manifestantes emboscados y agredidos en San Julián

Descripción de los hechos
Los hechos de este caso son ampliamente descritos en los “antecedentes” y “descripción de los hechos” correspondientes al caso “Agresiones físicas contra periodistas y toma de radios en San Julián”।

Violación
La omisión de la policía de brindar las garantías de libre locomoción y libre tránsito para que los ciudadanos bolivianos de origen indígena y mestizo, que se desplazaban pacíficamente hacia el Cabildo del Millón que se realizaría en Santa Cruz de la Sierra, pudieran ejercer allí sus derechos a la libertad de expresión y de opinión, hace responsable internacional al Estado boliviano en la medida en que viola el artículo 19 párrafos primero y segundo del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos que establece:
I. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.
II. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
Por su parte, dicha actuación también es contraria a los principios establecidos en la Declaración Conjunta de 2000 de los Tres Relatores de la Libertad de Expresión del Mundo (Abid Hussain, Relator Especial sobre la Libertad de Opinión y Expresión de la ONU; Freimut Duve; Representante sobre la Libertad de Prensa de la OSCE; y Santiago Canton, Relator Especial sobre Libertad de Expresión de la OEA), a saber:
Los ataques tales como homicidios, secuestros, hostigamiento de y/o amenazas a periodistas y otras personas que ejercen su derecho a la libertad de expresión, así como la destrucción material de instalaciones de comunicaciones, representan una amenaza muy significativa para el periodismo independiente y de investigación, para la libertad de expresión y para la libre circulación de la información al público.
Los Estados están obligados a adoptar medidas adecuadas para poner fin al clima de impunidad. Entre otras cosas, deben asignar recursos y atención suficiente para prevenir los ataques a periodistas y otras personas que ejercen su derecho a la libertad de expresión, investigar esos ataques cuando se producen, enjuiciar a los responsables e indemnizar a las víctimas.
Asimismo, la actuaciones denunciadas contravienen los principios establecidos en el preámbulo y el principio 1 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que establecen: “Preámbulo: […] La libertad de expresión no es una concesión de los Estados, sino un derecho fundamental. […] la consolidación y desarrollo de la democracia depende de la existencia de libertad de expresión […]. Principio 1. La libertad de expresión, en todas sus formas y manifestaciones, es un derecho fundamental e inalienable, inherente a todas las personas. Es, además, un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática.”

Víctimas
Los agredidos eran ciudadanos bolivianos, de identificación racial mestiza y, en su mayoría, descendientes de las etnias indígenas originarias de las Provincias de Chiquitos, Guarayos, Ñuflo de Chávez, Ángel Sandoval y Velasco, ubicadas al norte del departamento de Santa Cruz, a saber: guarayos, ayoreos, chiquitanos, guaraníes, paiconecas, sirionós, tembetas, etc. Entre la totalidad de las víctimas, que alcanza aproximadamente la centena de personas, se han identificado, a través de los registros de hospitales, a las siguientes personas: Miguel Cerrajero (62 años de edad), Pedro Chuquisanbé (50), Roberto Guillén (43), Porfirio Gutiérrez (52), Robertina Macarí (37), Oswaldo Dorado (42), Felipe Cantías (26), Juan Toseabo (39), Ángel Salazar (63), Martín Menchaca (19), Ismar Roque (29), Miguel Rodríguez (42), Aparicio Tusubé (21), Gregorio Tica (28), Wálter Wana (56), Marcelno Román (40), Freddy Ramos (44), José Luis Peña (32),Juan Luis Ovando (30), Santos Chávez (27), Marcelino Ramos (65), Ramón Aguilar (50), José Trujillo (23), Flavio Gómez Sánchez (27), Legni Melgar (57), Angélica Roca (48), Emma Pereyra (52), Wilson Gallardo, Lourdes Vargas (48), Manfredo Villalba (20), Daniel Cutaré (40), Olia Gutiérrez (27), Ángel Pérez (44), Yhenny Velásquez (28), Vicente Roca (20), Erik Opín (25), Pedro Pacheco (29), Raquel Sánchez (50), Silvia Roca (17), Esteban Fernández (47), Carlos Vargas (24), Carlos Serrano (43), Gabriel Montaño (26), Doroteo Chambi (43), Alberto Paredes (30), Sabino López (48), Claudia Abonet (26), Julián Hurtado (24), Samuel Saavedra (14), José Álvarez (39), Leticia Morales (22), Rogelio Álvarez (29), Nina Montero (29), Dionicio Aguilar (24), Santos Rodríguez (23), Marco Antonio Ribera (34).
Los heridos más graves fueron Rosa Durán Soliz (25) quien sufrió un grave traumatismo encéfalo craneano y Luciano Rodríguez Vedia (26), quien perdió un ojo.

Responsables
El responsable de las agresiones a los manifestantes es principalmente la policía al mando de la Ministra de Gobierno, Alicia Muñoz Alá, quien públicamente ha manifestado su voluntad de desproteger a quienes están en contra del gobierno (véase el caso del escritor Lechín más adelante). Esta actitud beligerante ha provocado inclusive impasses dentro del Comando Nacional de la Policía, cuyo comandante departamental de Santa Cruz ha admitido haber dejado de actuar por encontrarse bajo presiones desde La Paz, y dentro del Ministerio Público, cuyo Fiscal del Distrito de Santa Cruz, luego de no haber podido lograr en concurso de los policías al lugar del conflicto, ha decidido actuar de oficio en la investigación de las agresiones de San Julián.

Reacción del Estado y otras reacciones
Como reacción a la agresión sufrida en San Julián, los manifestantes que no pudieron pasar hacia Santa Cruz, volvieron a la localidad de San Ramón y realizaron allí una concentración pública de apoyo al Cabildo de Santa Cruz. Después de la concentración, algunos manifestantes quemaron la sede del partido de gobierno (MAS) en esa localidad. Más tarde, según reportaron fuentes policiales, en Cuatro Cañadas, otra localidad de la zona, también como respuesta a la agresión, una persona de nombre Limberg, quien bloqueaba la vía, habría sido herido de bala en la pierna desde un bus que se dirigía a Santa Cruz. Por su parte, en Concepción, San Javier y San Ignacio, grupos de jóvenes contrarios al Gobierno quemaron varias sedes sindicales claramente comprometidas con el partido de gobierno y casas de dirigentes del MAS. Asimismo, se habrían registrado saqueos contra los puestos de venta de supuestos militantes del Partido de Gobierno en varias localidades de las Provincias Chiquitos, Guarayos y Velasco.
Ante el desenlace de violencia, las instituciones públicas dependientes directamente del Poder Ejecutivo, reaccionaron desproporcionadamente a favor de sus militantes que sufrieron las represalias a sus agresiones en San Julián. De esta manera, contra la versión del propio comandante de policía de San Julián, el vocero gubernamental, Alex Contreras, y el viceministro de Seguridad Ciudadana, Saúl Medrano, temerariamente responsabilizaron a los que se dirigían pacíficamente en buses hacia Santa Cruz de haber provocado los enfrentamientos. En esa misma línea de tergiversar el enfrentamiento iniciado por los propios militantes de su partido, la Ministra de Gobierno, Alicia Muñoz, libró catorce mandamientos de apremio contra los presuntos autores de los saqueos y quemas de sede del MAS, aunque seguidamente, luego de un acuerdo de pacificación con la Fiscalía y las partes del conflicto, los tuvo que dejar sin efecto. En ese mismo sentido, el viceministro de Tierras, Alejandro Almaraz, soslayando la intolerancia a la pluralidad política de su gobierno y desconociendo que sus partidarios en San Julián (de origen indígena quechua y aymara) habían atacado a mansalva a ciudadanos bolivianos también de origen indígena (guarayo, chiquitano, guaraní, ayoreo, paiconeca, etc.), había amenazado: “Se van a hacer cumplir esos mandamientos, porque no podemos permitir que a título del conflicto político en el país, la impunidad proteja una sañuda violencia con graves ribetes de limpieza étnica (refiriéndose a sus partidarios agredidos durante las represalias). Este Gobierno no va a permitir la limpieza étnica, habrá justicia, habrá respeto y lo que tenga que investigarse del otro lado también se investigará y se hará cumplir los mandamientos de apremio con seguridad.”[1]
[1] Fuente: Agencia Boliviana de Información. Disponible en:
www.abi.bo/index.php?i=noticias_texto&j=20061218222100

Detención de manifestante en el aeropuerto de Cochabamba

Descripción de los hechos
El 9 de diciembre de 2006 a las 08:30 horas, Jessika Echeverría, una ciudadana boliviana que reside en Santa Cruz y que se encontraba casualmente en el aeropuerto de Cochabamba cuando varios medios de prensa cubrían la llegada de algunos Presidentes latinoamericanos a la Cumbre Sudamericana de Presidentes en Cochabamba, decidió protestar contra el gobierno a través de cánticos de protesta que reclamaban el cumplimiento de los dos tercios de voto en la Asamblea Constituyente. A pesar de que su protesta fue pacífica y de que recibió aplausos por parte de la mayoría de los viajeros presentes en el aeropuerto, la manifestante fue detenida ipso facto por efectivos de la Policía en el aeropuerto de Cochabamba. Según afirmó la detenida: “Lo hacía pacíficamente. Reclamé que se acabe el autoritarismo y que los constituyentes escuchen la voz del pueblo, cuando de pronto fui agarrada por policías y sacada del lugar”, dijo. La manifestante que expresaba libremente sus ideas y opiniones contrarias a la decisión del gobierno de desconocer el quórum mínimo de dos tercios de voto establecido por la Ley 3364 Especial de Convocatoria a la Asamblea Constituyente para la aprobación de la nueva Constitución, fue detenida arbitrariamente sin que se sigan las reglas del debido proceso reconocido por la Constitución boliviana y por los instrumentos internacionales sobre derechos humanos. Durante la detención, los policías causaron heridas leves a la manifestante y, seguidamente, fue llevada a tres lugares distintos en calidad de detenida. Finalmente, gracias a la intervención de tres abogados cochabambinos, fue liberada.

Violación
La detención de la ciudadana boliviana Jessika Echeverría por manifestar públicamente sus ideas y opiniones en contra de una posición política del Gobierno de Bolivia, viola el artículo 19 párrafos primero y segundo del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos que establece:
I. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.
II. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
Por su parte, la actuación de la policía, bajo la dirección del Ministerio de Gobierno, también es contraria a los principios establecidos en la Declaración Conjunta de 2000 de los Tres Relatores de la Libertad de Expresión del Mundo (Abid Hussain, Relator Especial sobre la Libertad de Opinión y Expresión de la ONU; Freimut Duve; Representante sobre la Libertad de Prensa de la OSCE; y Santiago Canton, Relator Especial sobre Libertad de Expresión de la OEA), a saber:
Los ataques tales como homicidios, secuestros, hostigamiento de y/o amenazas a periodistas y otras personas que ejercen su derecho a la libertad de expresión, así como la destrucción material de instalaciones de comunicaciones, representan una amenaza muy significativa para el periodismo independiente y de investigación, para la libertad de expresión y para la libre circulación de la información al público.
Los Estados están obligados a adoptar medidas adecuadas para poner fin al clima de impunidad. Entre otras cosas, deben asignar recursos y atención suficiente para prevenir los ataques a periodistas y otras personas que ejercen su derecho a la libertad de expresión, investigar esos ataques cuando se producen, enjuiciar a los responsables e indemnizar a las víctimas.
Asimismo, la detención denunciada contraviene los principios establecidos en el preámbulo y el principio 1 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que establecen: “Preámbulo: […] La libertad de expresión no es una concesión de los Estados, sino un derecho fundamental. […] la consolidación y desarrollo de la democracia depende de la existencia de libertad de expresión […]. Principio 1. La libertad de expresión, en todas sus formas y manifestaciones, es un derecho fundamental e inalienable, inherente a todas las personas. Es, además, un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática.”

Víctima
La víctima directa de la violación es la ciudadana boliviana Jessika Echeverría.

Responsables
El responsable por la detención arbitraria de la ciudadana Jessika Echeverría, que se manifestaba pacíficamente en el aeropuerto de Cochabamba, es el Ministerio de Gobierno en la persona de la Ministra de Gobierno Alicia Muñoz Alá, quien tiene tuición sobre el Comando Nacional de la Policía, y quien debe responder por las acciones arbitrarias de los policías en cumplimiento de órdenes superiores.

Reacción del Estado y otras reacciones
Mientras que la manifestante logró bastante reconocimiento popular en el país y fue invitada a varios medios de comunicación a contar su versión de los hechos, el gobierno restó importancia al incidente, no expresó ni siquiera su satisfacción moral hacia la víctima y tampoco reconoció su obligación de indemnizar a la víctima por los daños morales, físicos, psicológicos y económicos a los que fue sometida durante el día de su detención. Por su parte, la víctima ha declarado encontrarse amedrentada, debido ha que ha venido siendo objeto de amenazas de muerte para que deje de aparecer en la prensa televisiva.

Agresión moral y psicológica contra mujeres en huelga de hambre

Descripción de los hechos
El día viernes 24 de noviembre de 2006, aproximadamente a horas 13:00, un grupo de 17 mujeres de instituciones cívicas, agropecuarias, vecinales y voluntarias de Santa Cruza de la Sierra, iniciaron una huelga de hambre en instalaciones del Comité Cívico Femenino, exigiendo al Gobierno que se respeten los dos tercios en la Asamblea Constituyente, que se reforme la Ley INRA en consenso con los productores y que no se apruebe la norma que permita censurar a los prefectos.[1]
Esa misma tarde, enterado de la huelga de hambre de las mujeres, el Presidente de Bolivia, Evo Morales Ayma, en la localidad de San Julián, mientras hacía su discurso en la ocasión de la entrega de 20 tractores a los campesinos partidarios de su gobierno, agredió moral y sicológicamente a las mujeres huelguistas, al afirmar textualmente: “Me dicen que no hacen huelga, que están haciendo dieta […] tal vez están muy gordas […] Me dicen que esa huelga no es por ética, es por estética.”

Violación
Las declaraciones públicas del Presidente de la República, Evo Morales Ayma, que agraden la dignidad y la honra de las mujeres huelguistas por el único motivo de ejercer sus derechos a la libertad de expresión y de opinión, hace responsable internacional al Estado boliviano en la medida en que viola el artículo 19 párrafos primero y segundo del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos que establece:
I. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.
II. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
Por su parte, dicha actuación, al constituir un hostigamiento a las mujeres que realizaban la huelga, también es contraria a los principios establecidos en la Declaración Conjunta de 2000 de los Tres Relatores de la Libertad de Expresión del Mundo (Abid Hussain, Relator Especial sobre la Libertad de Opinión y Expresión de la ONU; Freimut Duve; Representante sobre la Libertad de Prensa de la OSCE; y Santiago Canton, Relator Especial sobre Libertad de Expresión de la OEA), a saber:
Los ataques tales como homicidios, secuestros, hostigamiento de y/o amenazas a periodistas y otras personas que ejercen su derecho a la libertad de expresión, así como la destrucción material de instalaciones de comunicaciones, representan una amenaza muy significativa para el periodismo independiente y de investigación, para la libertad de expresión y para la libre circulación de la información al público.
Los Estados están obligados a adoptar medidas adecuadas para poner fin al clima de impunidad. Entre otras cosas, deben asignar recursos y atención suficiente para prevenir los ataques a periodistas y otras personas que ejercen su derecho a la libertad de expresión, investigar esos ataques cuando se producen, enjuiciar a los responsables e indemnizar a las víctimas.
Asimismo, las agresiones sicológicas del Presidente contra las mujeres que ejercen sus derechos a la libertad de expresión y de opinión, contraviene los principios establecidos en el preámbulo y el principio 1 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que establecen: “Preámbulo: […] La libertad de expresión no es una concesión de los Estados, sino un derecho fundamental. […] la consolidación y desarrollo de la democracia depende de la existencia de libertad de expresión […]. Principio 1. La libertad de expresión, en todas sus formas y manifestaciones, es un derecho fundamental e inalienable, inherente a todas las personas. Es, además, un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática.
Por otra parte, en tanto busca coartar el derecho fundamental de las mujeres a la libertad de expresión y de opinión, la agresión moral y sicológica del Presidente constituye una “discriminación” contra la mujer y viola el artículo 2 inciso d) de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer, de la cual Bolivia es Estado Parte, que establece: “Los Estados Partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, convienen en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y, con tal objeto, se comprometen a: d) Abstenerse de incurrir en todo acto o práctica de discriminación contra la mujer y velar por que las autoridades e instituciones públicas actúen de conformidad con esta obligación;”
Asimismo, la agresión moral y sicológica del Presidente de la República contra las mujeres huelguistas que ejercían su derecho a la libertad de expresión y de opinión, es considerada un hecho de “violencia contra la mujer”, conforme se encuentra definido por la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, aprobada por la Resolución de la Asamblea General 48/104 del 20 de diciembre de 1993, que establece: “Artículo 1. A los efectos de la presente Declaración, por ‘violencia contra la mujer’ se entiende todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada. Artículo 2. Se entenderá que la violencia contra la mujer abarca los siguientes actos, aunque sin limitarse a ellos: […] c) La violencia física, sexual y sicológica perpetrada o tolerada por el Estado, dondequiera que ocurra.”. Por tanto, la agresión del Presidente viola flagrantemente el artículo 4 de la Declaración en sus incisos b), c) y d), que establecen:
Los Estados deben condenar la violencia contra la mujer y no invocar ninguna costumbre, tradición o consideración religiosa para eludir su obligación de procurar eliminarla. Los Estados deben aplicar por todos los medios apropiados y sin demora una política encaminada a eliminar la violencia contra la mujer. Con este fin, deberán: b) Abstenerse de practicar la violencia contra la mujer; c) Proceder con la debida diligencia a fin de prevenir, investigar y, conforme a la legislación nacional, castigar todo acto de violencia contra la mujer, ya se trate de actos perpetrados por el Estado o por particulares; d) Establecer, en la legislación nacional, sanciones penales, civiles, laborales y administrativas, para castigar y reparar los agravios infligidos a las mujeres que sean objeto de violencia; debe darse a éstas acceso a los mecanismos de la justicia y, con arreglo a lo dispuesto en la legislación nacional, a un resarcimiento justo y eficaz por el daño que hayan padecido; los Estados deben además informar a las mujeres de sus derechos a pedir reparación por medio de esos mecanismos.

Víctimas
Las víctimas son todas las mujeres cruceñas que, en ejercicio de sus derechos a la libertad de expresión y de opinión, realizaban una huelga de hambre en las instalaciones del Comité Cívico Femenino de Santa Cruz, cuando el Presidente Evo Morales las agredió moralmente el 24 de noviembre de 2006.

Responsables
El responsable de las agresiones morales a las mujeres que realizaban la huelga de hambre en el Comité Cívico Femenino de Santa Cruz, es el Presidente de la República de Bolivia, Evo Morales Ayma, quien públicamente les violó los derechos fundamentales a la dignidad y a la honra, con la finalidad de que dejen de ejercer sus derechos a la libertad de opinión y de expresión.

Reacción del Estado y otras reacciones
Ante la agresión moral y sicológica del Presidente Morales hacia un grupo de mujeres que residen en la ciudad de Santa Cruz, el vicepresidente del Comité Pro Santa Cruz, Jaime Santa Cruz, reaccionó diciendo: “Me parece una total falta de respeto de un presidente que se exprese de esa manera de las mujeres de mi tierra, que entraron en huelga de hambre por la democracia de este país. Es una vergüenza todo lo que hace este Presidente resentido e inadaptado.”[2]
Desoyendo las reacciones de importantes sectores de la sociedad civil, el Gobierno no se disculpó ni expresó algún tipo de satisfacción moral o sicológica hacia las víctimas, menos aún intentó reparar de alguna manera el daño psicológico causado hacia las mujeres huelguistas que ejercían sus derechos a la libertad de expresión y de opinión.
[1] Fuente El Deber: http://www.eldeber.com.bo/2006/20061125/santacruz_2.html
[2] Fuente diario El Deber: http://www.eldeber.com.bo/2006/20061125/santacruz_9.html

Amedrentamiento a la Red PAT

Descripción de la violación
El miércoles 6 de diciembre en horas de la noche en la ciudad de La Paz, un grupo de aproximadamente 30 simpatizantes del Movimiento al Socialismo (MAS), partido de Gobierno que controla completamente el Poder Ejecutivo, y mayoritariamente el Legislativo y la Asamblea Constituyente, llegó hasta inmediaciones del canal de televisión de la Red PAT con el propósito de persuadir, a través de amenazas violentas, a los periodistas de esa red televisiva nacional para que no opinen de manera diferente al Gobierno. Entre otras cosas, la turba pedía la cabeza de Roberto Barbery Anaya, periodista cruceño reconocido a nivel nacional por su imparcialidad y por la profundidad del análisis como conductor del programa “Fisuras” y como comentarista del “Noticiero de PAT”.
Si bien este tipo de manifestaciones dirigidas por el Gobierno Nacional con la finalidad de monopolizar el tratamiento de la información se han dado en varias oportunidades (por ejemplo, contra la Red Unitel ese mismo día), debe resaltarse que preocupa mucho el hecho de que inclusive se den contra la Red PAT, que a lo largo de los años ha sido acreedora de importantes galardones por su reconocido profesionalismo e independencia en el tratamiento de la información.

Violación
La actuación de la turba de personas que amedrentó a la Red PAT y al periodista Roberto Barbery, y la complicidad del gobierno por no haberla evitado en defensa de la libertad de opinión, hace responsable internacional al Estado boliviano en la medida en que viola el artículo 19 párrafos primero y segundo del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos que establece:
I. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.
II. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
Por su parte, dicha actuación también confirma las acciones estatales denunciadas en la Declaración Conjunta de 1999 de los Tres Relatores de la Libertad de Expresión del Mundo (Abid Hussain, Relator Especial de las Naciones Unidas para la Libertad de Opinión y Expresión; Freimut Duve, Representante de la OSCE para la Libertad de los Medios de Comunicación; y Santiago A. Canton Relator Especial de la OEA para la Libertad de Expresión):
Los medios de comunicación independientes y pluralistas son esenciales para una sociedad libre y abierta y un gobierno responsable. El respeto a la libertad de los medios de comunicación en nuestros Estados Miembros, si bien difiere mucho de país a país, deja mucho que desear.
Ciertos Estados continúan ejerciendo y permitiendo en sus respectivos países presiones inaceptables sobre los medios de comunicación. El grado de hostigamiento quizás sea diferente, pero el propósito general es el mismo: represión del pluralismo y del debate abierto sobre temas de interés para los ciudadanos.
Asimismo, el amedrentamiento denunciado viola la libertad de expresión y de opinión conforme a lo establecido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el Informe sobre la situación de los derechos humanos en México: “Las agresiones cometidas en contra de los periodistas tienen precisamente el objetivo de silenciarlos, por lo que constituyen igualmente violaciones al derecho que tiene una sociedad a acceder libremente a la información.” De igual manera, la actitud denunciada contraviene el principio establecido en el preámbulo de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: “… la libertad de prensa es esencial para la realización del pleno y efectivo ejercicio de la libertad de expresión e instrumento indispensable para el funcionamiento de la democracia representativa, mediante la cual los ciudadanos ejercen su derecho a recibir, difundir y buscar información.”

Víctimas
La víctima es la Red de Periodistas Asociados de Televisión (PAT) y, en particular, el periodista Roberto Barbery Anaya.

Responsable
El responsable por la violación del derecho a la libertad de opinión de la Red PAT y del periodista Roberto Barbery, es el Gobierno Nacional, ya que como se podrá evidenciar a través de las denuncias que siguen en este documento, éste suele operar, con medidas de amedrentamiento contra la libertad de opinión y de expresión, a través de seguidores beligerantes.

Reacción del Estado y otras reacciones
Al momento de producirse los hechos violatorios, Mario Espinoza, periodista y ejecutivo de PAT, se comunicó con el actual Vicepresidente Álvaro García, quien había sido su colega en un programa televisivo de PAT. Al día siguiente, por su parte, Carlos D. Mesa Gisbert, conocido periodista e historiador boliviano, ex presidente de la República, en su condición de presidente ejecutivo de la Red PAT, denunció ante el Vicepresidente García lo que consideró una “acción callejera” de amedrentamiento a los periodistas y analistas que trabajan en esta empresa. En una misiva, en la que se dirigía al Vicepresidente como su “amigo”, le recordó que, en su condición de analista, participó del programa “El Pentágono” y del noticiero central haciendo críticas a diferentes gobiernos de turno. Los hechos del miércoles, según establece la misiva, “mella[n] peligrosamente la libertad de expresión y muestra posiciones intolerantes que no han tenido antecedentes en nuestra historia”.
Una carta similar de denuncia fue enviada por Carlos Mesa al presidente de la Asociación de Periodistas de La Paz, Renán Estenssoro, quien expresó preocupación por la agresión a PAT y Unitel y envió una misiva pidiendo garantías a la Ministra de Gobierno Alicia Muñoz: “Demandamos plenas garantías para que éstos cumplan sus labores con mayor seguridad y libertad.”
El gobierno no investigó a los responsables directos del hecho, aunque de manera reacia brindó las garantías policiales mínimas para la protección de los periodistas amedrentados, es decir, envió algunos policías para resguardar el recinto. Sin embargo la vocación de desproteger a quienes no están completamente de acuerdo con el Gobierno, como se verá más adelante, ya se fue poniendo de manifiesto desde esta oportunidad.

Ataque a huelguistas en la Iglesia de San Francisco

Antecedentes
El día jueves 29 de noviembre de 2006, el reconocido intelectual de izquierda y escritor boliviano Juan Claudio Lechín, hijo del fallecido Juan Lechín Oquendo, líder histórico de la Central Obrera Boliviana, entró en huelga de hambre para exigir al Gobierno que respete los dos tercios en la Asamblea Constituyente y que deje a un lado el autoritarismo. Lechín fue uno de los primeros huelguistas de una huelga de hambre que llegaría a sumar alrededor de dos mil quinientos huelguistas en todo el país. El escritor paceño había decidido llevar adelante la extrema medida en la iglesia de San Francisco de la ciudad de la Paz y con los días se le sumaron otras seis personalidades entre las que destacaban Gabriel Dabdoub, presidente de la Cámara de Industria, Comercio y Servicios de Santa Cruz (Cainco) y el ex comandante de las Fuerzas Armadas, Alvin Anaya.

Descripción de los hechos
El día martes 5 de diciembre, aproximadamente a las 15:30 horas, un grupo de militantes del Movimiento Al Socialismo (MAS) desalojó violentamente a los siete huelguistas de hambre instalados en uno de los ambientes de la iglesia San Francisco. Alrededor de las 15:00 horas, el piquete de huelga instalado en oficinas del templo de San Francisco, fue asaltado por una multitud armada con chicotes y dinamitas, quienes desalojaron a los siete huelguistas entre los que se encontraba el escritor Juan Claudio Lechín. “Hoy (martes) ha vuelto la turba a tirarnos dinamita dentro de la sede de la huelga, han entrado con violencia, han roto los televisores de la iglesia de San Francisco, los muebles, han robado, pero nosotros hemos logrado huir”, declaró Lechín por teléfono a un medio de prensa, a tiempo de atribuir toda la responsabilidad por lo sucedido a las declaraciones de la ministra Alicia Muñoz, quien había ordenado el retiro de la seguridad policial en los piquetes de huelga y había afirmado textualmente que “la policía tenía cosas más importantes que hacer…” A partir de ese hecho que no fue ni siquiera lamentado por el Gobierno Nacional, la huelga del escritor Lechín continuó en la clandestinidad hasta completar los 14 días, luego de los cuales fue dado de baja debido a su delicado estado de salud.

Violación
La orden de la Ministra de Gobierno, Alicia Muñoz, y la consecuente omisión de la policía de brindar las garantías para que el escritor Juan Claudio Lechín, y los demás ciudadanos que lo acompañaban en la huelga de hambre, pudieran ejercer libre y pacíficamente, en las oficinas de una iglesia, sus derechos a la libertad de expresión y de opinión, hace responsable internacional al Estado boliviano en la medida en que viola el artículo 19 párrafos primero y segundo del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos que establece:
I. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.
II. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
Por su parte, dicha actuación también es contraria a los principios establecidos en la Declaración Conjunta de 2000 de los Tres Relatores de la Libertad de Expresión del Mundo (Abid Hussain, Relator Especial sobre la Libertad de Opinión y Expresión de la ONU; Freimut Duve; Representante sobre la Libertad de Prensa de la OSCE; y Santiago Canton, Relator Especial sobre Libertad de Expresión de la OEA), a saber:
Los ataques tales como homicidios, secuestros, hostigamiento de y/o amenazas a periodistas y otras personas que ejercen su derecho a la libertad de expresión, así como la destrucción material de instalaciones de comunicaciones, representan una amenaza muy significativa para el periodismo independiente y de investigación, para la libertad de expresión y para la libre circulación de la información al público.
Los Estados están obligados a adoptar medidas adecuadas para poner fin al clima de impunidad. Entre otras cosas, deben asignar recursos y atención suficiente para prevenir los ataques a periodistas y otras personas que ejercen su derecho a la libertad de expresión, investigar esos ataques cuando se producen, enjuiciar a los responsables e indemnizar a las víctimas.
Asimismo, la actuación denunciada contraviene los principios establecidos en el preámbulo y el principio 1 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que establecen: “Preámbulo: […] La libertad de expresión no es una concesión de los Estados, sino un derecho fundamental. […] la consolidación y desarrollo de la democracia depende de la existencia de libertad de expresión […]. Principio 1. La libertad de expresión, en todas sus formas y manifestaciones, es un derecho fundamental e inalienable, inherente a todas las personas. Es, además, un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática.

Víctimas
La víctima principal de la omisión manifiesta de la policía y de la consecuente agresión por parte de militantes del partido de gobierno, es el intelectual y escritor boliviano Juan Claudio Lechín, dada su importancia política como icono de la izquierda boliviana. Asimismo, sin embargo, otras seis personas fueron víctimas de la agresión en el recinto de la iglesia de San Francisco, entre ellos Gabriel Dabdoub, presidente de la Cámara de Industria, Comercio y Servicios de Santa Cruz (Cainco), y el ex comandante de las Fuerzas Armadas, Alvin Anaya.

Responsables
El responsable principal de las agresiones a los huelguistas del piquete liderizado por el escritor Juan Claudio Lechín en la iglesia de San Antonio, es la Ministra de Gobierno, Alicia Muñoz Alá, quien públicamente manifestó su voluntad de no brindar protección policial a quienes protestan, ejerciendo sus derechos a la libertad de expresión y de opinión, en contra del gobierno, bajo el argumento de que la policía “tenía cosas más importantes que hacer”.

Reacción del Estado y otras reacciones
Debido a la popularidad del escritor Lechín, tanto la Asamblea Permanente de Derechos Humanos, a través de su presidente Guillermo Vilela, como el Defensor del Pueblo Waldo Albarracín, expresaron su preocupación públicamente, exigieron a la Ministra Muñoz brindar seguridad policial para todos los piquetes de huelguistas de hambre que se instalaron en todo el país y demandaron a la Policía cumplir con su misión de resguardar la integridad física de los ciudadanos.
Por su parte, la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) lamentó la intervención al piquete de huelga en San Francisco. El presidente de la organización, Roberto Mustafá, aseguró que esa actitud es contraria a las conversaciones que sostuvieron con el vicepresidente, Álvaro García Linera. Indicó que, a través de su institución, se ofreció como nexo para encontrar el diálogo y frenar la escalada de violencia que se vivía en el país con miles de personas en huelga de hambre, entre ellos los prefectos de Santa Cruz, Rubén Costas; de Beni, Ernesto Suárez; de Pando, Leopoldo Fernández y de Tarija, Mario Cossío.
La Ministra de Gobierno desoyó el pedido de seguridad que le hicieron un conjunto de organizaciones de la sociedad civil y con esa actitud forzó a que la huelga del escritor Lechín deba continuar en la clandestinidad hasta su final causado por la baja médica del huelguista. El Gobierno, en ningún momento expresó su pesar por las agresiones que aquí se denuncian, ni trató de restituir o reparar los daños ocasionados a Lechín y al recinto de la iglesia de San Francisco donde se llevaba adelante la huelga.

Detención del periodista José Antonio Quisbert

Descripción del hecho
El día miércoles 29 de noviembre de 2006, en Santa Cruz de la Sierra, el periodista José Antonio Quisbert del diario El Nuevo Día, fue detenido por orden del Viceministro de Régimen Interior, Rubén Gamarra, con la finalidad de evitar la publicación de una nota periodística sobre actos de corrupción, que involucraban, entre otros altos funcionarios del Gobierno, al Senador de la República Guido Guardia.
El periodista había recibido documentos probatorios de los actos de corrupción de manos de la Directora Departamental de Migración (distrital Santa Cruz) Olga Lidia Espinoza (quien fue destituida tras el incidente), los mismos que iban a ser procesados por el periodista para su publicación. Enterados del hecho, sin embargo, funcionarios del Ministerio de Gobierno arrebataron violentamente al periodista el sobre con la documentación, argumentando que se trataba de “documentos reservados de esa entidad”. El hecho fue comunicado en el mismo momento al viceministro Rubén Gamarra en La Paz, y éste, lejos de buscar una salida que lleve al esclarecimiento del problema, ordenó el inmediato arresto del periodista y la prosecución del caso a cargo del fiscal Germán Quezada.
Entre la información que se decomisó violentamente al periodista, había un informe de la Directora Departamental dirigido al viceministro de Régimen Interior, Rubén Gamarra, vía Magaly Zegarra, Directora Nacional de Migración, sobre las llamadas que realizó el senador Guardia presionando para que ilegalmente y con carácter de urgencia se entreguen los visados correspondientes para la internación en el territorio nacional de nueve ciudadanos chinos.

Violación
La actuación del Viceministro de Régimen Interior, Rubén Gamarra, al detener a un periodista que investigaba un caso de corrupción en Migración, hace responsable internacional al Estado boliviano en la medida en que viola el artículo 19 párrafo segundo del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos que establece:
Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
Por su parte, dicha actuación también es contraria a los principios establecidos en la Declaración Conjunta de 2003 de los Tres Relatores de la Libertad de Expresión del Mundo (Ambeyi Ligabo, Relator Especial sobre la Libertad de Opinión y Expresión de la ONU; Freimut Duve; Representante sobre la Libertad de Prensa de la OSCE; y Eduardo Bertoni, Relator Especial sobre Libertad de Expresión de la OEA), que dedica un epígrafe específico a “la investigación de la corrupción”:
Los trabajadores de los medios de comunicación que investigan casos de corrupción o actuaciones indebidas no deben ser blanco de acoso judicial u otro tipo de hostigamiento como represalia por su trabajo.
Sobre esa misma línea de principios, la detención y decomiso de información denunciados también infringen el Principio 9 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión en el marco de la OEA:
El asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada.
Asimismo, las actitudes denunciadas violan la libertad de expresión y de opinión conforme a lo establecido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el Informe sobre la situación de los derechos humanos en México: “Las agresiones cometidas en contra de los periodistas tienen precisamente el objetivo de silenciarlos, por lo que constituyen igualmente violaciones al derecho que tiene una sociedad a acceder libremente a la información.” De igual manera, la actitud denunciada contraviene también el principio establecido en el preámbulo de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: “… la libertad de prensa es esencial para la realización del pleno y efectivo ejercicio de la libertad de expresión e instrumento indispensable para el funcionamiento de la democracia representativa, mediante la cual los ciudadanos ejercen su derecho a recibir, difundir y buscar información.”

Víctima
La víctima directa de la violación es el periodista José Antonio Quisbert del diario boliviano El Nuevo Día.

Responsable
El responsable por la violación del derecho a la libertad de expresión del periodista que investigaba la corrupción en una oficina del Gobierno, es el Viceministro de Régimen Interior, Rubén Gamarra.

Reacción del Estado y otras reacciones
Al final, la difusión de la información fue completamente evitada y el Gobierno, a través del Viceministro Gamarra, garantizó la impunidad del Senador implicado al destituir a la Directora de Migración de Santa Cruz. El periodista estuvo detenido aproximadamente por un periodo de cuatro horas, luego de las cuales tuvo que ser soltado. Por su parte, la acción violatoria motivó un pronunciamiento público de la Federación de la Prensa de Santa Cruz en el cual se repudiaba la actitud del Viceministro. En ese mismo sentido, se pronunciaron algunos parlamentarios, la Fiscalía de Distrito de Santa Cruz y la Sociedad Interamericana de Prensa en Washington (EEUU).